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El Contrato Ley 9 de 1997 que aprobó la concesión para la extracción minera en el área de Donoso, es INCONSTITUCIONAL. Así fue sentenciado por la Corte Suprema de Justicia desde el fallo del 21 de diciembre de 2017 y reiterado el pasado 28 de junio de 2021 cuando RECHAZA DE PLANO POR IMPROCEDENTES las 6 solicitudes presentadas por Minera Panamá S.A. y el Ministerio de Comercio e Industrias que pretendían que se modificara esta decisión. Tal y como fue confirmado: Las decisiones de la Corte Suprema de Justicia en el ejercicio de sus atribuciones son finales, definitivas y obligatorias y no se admitirán recursos de inconstitucionalidad ni de amparo de garantías constitucionales en su contra -Constitución Política de la República de Panamá artículos 206 y 207-, por lo tanto, MINERA PANAMÁ ESTA OPERANDO SIN CONTRATO.
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